Denuncian que Reyna Durán y Fernanda Trejo no pueden ser diputadas y consejeras; lo impedirían Estatutos (documentos)

Denuncian que Reyna Durán y Fernanda Trejo no pueden ser diputadas y consejeras; lo impedirían Estatutos (documentos)

Como lo informó La Opinión ayer, ambas diputadas fueron elegidas como consejeras, pero hubo inconformidad de los militantes.

Acusan que la convocatoria impide a los servidores públicos formar parte de órganos de dirección de MORENA. 

La discusión ahora es si el Consejo es un órgano de “conducción” o “ejecución” en el partido. 

Aquí, la convocatoria y documentos de MORENA. 

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(La Opinión) 

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Las diputadas locales de MORENA Reyna Durán y Fernanda Trejo, serán impugnadas por haberse presentado para ser consejeras estatales del partido. 
La inconformidad contra las diputadas surgió este sábado durante la misma asamblea del distrito 3, de Cancún, donde hubo manifestaciones en contra de su postulación, y luego en diversas redes sociales hubo reclamos varios. 
A lo que se hace referencia es que el artículo 8 de los Estatutos de MORENA, dice que un diputado no puede integrar órganos ejecutivos del partido. 
Dice el Estatuto: 

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“Artículo 8°. Los órganos de dirección ejecutiva de MORENA no deberán incluir autoridades, funcionarios o integrantes de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de los municipios, estados y la federación”. 

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Lo mismo dice en la Convocatoria al Tercer Congreso Nacional Ordinario. 
La Cláusula Quinta, de la elegibilidad, dice:  

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“No podrán ocupar cargo ejecutivo quienes desempeñen un cargo de elección popular o sean ministros, magistrados o jueces federales o locales o servidores públicos de la administración de los tres órdenes de gobierno federal, estatal o municipal que tengan responsabilidad de mandos medios o superiores, adjuntos y homólogos o su equivalente de acuerdo con la denominación que se le dé en la ley respectiva y por la cual dispongan de recursos humanos, materiales y/o económicos, salvo que soliciten su separación del cargo, mediante licencia o renuncia respectiva antes de postularse para un cargo de dirección ejecutiva, de acuerdo con lo que determine la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia”.

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La discusión ahora es si el Consejo es un órgano de “conducción” o “ejecución” en el partido. 
Los defensores de las diputadas dicen que los Estatutos son muy claros en cuanto a que los Consejos estatales son “órganos de conducción” del partido, pero no “órganos de ejecución”. 
Estos últimos son los comités municipales, estatales, nacional y las coordinaciones distritales, y serían esos los que no pueden integrar las diputadas. 
Por lo pronto ya se dieron a conocer intenciones de impugnar los nombramientos de las diputadas, que, dicho sea de paso, fueron las más votadas de las asambleas. 

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El morenista fundador Erick Sánchez, expresó en sus redes sociales una lectura del Estatuto que mostraría la imposibilidad de las diputadas de ser consejeras: 

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Sobre el tema de la elección de Consejeros (as), Congresistas, Coordinadores (as), de morena, es necesario hacer las siguientes precisiones.

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 ✅ ES FALSO E INCORRECTO que los funcionarios públicos municipal, estatal y federal y representantes populares (Regidores, Síndicos, Alcaldes, Diputados Locales o Federales, Senadores, etc.) NO debían presentar su renuncia o licencia al cargo que ostenten al momento de la postulación en la Asamblea Distrital.
✅ De acuerdo a lo declarado por las Diputadas Locales y Servidores públicos no era obligatorio renunciar, esto en razón de que hacen una INTERPRETACION A MODO Y DE ACUERDO A SUS INTERESES de las normas al respecto.  
✅ La interpretación «que le dan», según asesorados por «BUENOS ABOGADOS», es que no son cargos de Dirección Ejecutiva, lo cual es parcialmente cierto, dado que el día de ayer asumieron cuatro funciones como lo marca la convocatoria, esto es tres cargos de órganos de dirección, señalados en el artículo 14 BIS, inciso C, que son;

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Congresistas Estatales
Consejeras y Consejeros Estatales 
Congresistas Nacionales
Y un cargo de DIRECCION EJECUTIVA u órgano de ejecución , señalado en el artículo 14 BIS, inciso D, que es;

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COORDINADORAS Y COORDINADORES DISTRITALES.
En los hechos ayer al tomar protesta asumieron la Coordinación Distrital y ser Coordinadores Distritales por cada distrito al que representan, el cual es un cargo EJECUTIVO, pero al ser evidente su ambición desmedida y su talante mezquino, ellos se creen sus «INTERPRETACIONES A MODO»,  y cínicamente sostienen que solo son Consejeros (as) dejando de lado , convenientemente, el que sean Coordinadores Distritales.
Ellos asumen que si en la siguiente etapa que es el Congreso Estatal, no participan por un cargo al Comité Ejecutivo Estatal o Consejo Estatal NO LES ES OBLIGATORIO RENUNCIAR, cuando ya están en un cargo EJECUTIVO y ya violaron la ley, Convocatoria y estatutos.
La pretension de todos los que están en esa ilegalidad es quedarse en el cargo en morena y seguir en su cargo público, con un total desafio a las normas del partido , politica, ética y moralmente son altamente reprobables y cuestionables.

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Aquí la pregunta es;
¿ Acaso cree alguien que les interesa respetar la ley y las normas del partido ?
Sin duda , no les interesa , todos son personajes manchados de corrupción y malos antecedentes con trampas , violaciones, traiciones y de todo en su paso por otros partidos y por morena.
La ley y las normas de morena se tienen que respetar y si no hacerlas respetar.

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*ERICK SANCHEZ CORDOVA*
*Cancún, Quintana Roo a 20 de Octubre de 2019*