ALERTA ROJA | Estado y municipios podrían reiniciar endeudamiento por una reforma a la ley (documentos)

ALERTA ROJA | Estado y municipios podrían reiniciar endeudamiento por una reforma a la ley (documentos)

La reforma sube el techo financiero para pedir préstamos, le quita candados a las reestructuraciones, e incluso permite hacer APP sin licitaciones. 

Además, podrán reestructurar adeudos sin pasar por el Congreso

Es parte de una reforma a la Ley de Disciplina Financiera, que incluye los “proyectos de infraestructura de alto impacto social” fuera del techo financiero de deuda.  

El PT es el único partido que se negó a aprobar esa reforma. 

“Miren lo que hicieron con las deudas con candados; imagínense ahora dándoles la llave”, dijo Reginaldo Sandoval, coordinador del PT en San Lázaro. 

Y puso a Quintana Roo como ejemplo de los estados con sus deudas en rojo, que podrían endeudarse aun más. 

 

(La Opinión) 

 

Los gobernadores y alcaldes del país podrían iniciar en breve un nuevo e impredecible festival de deuda pública, luego de que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó por mayoría una reforma a la Ley de Disciplina Financiera  de las Entidades Federativas y los Municipios.
La reforma en cuestión, que sólo fue votada en contra por el Grupo Parlamentario del PT, quita muchos de los candados que se le habían puesto a estados y municipios años atrás, justamente para frenar la adquisición de deuda, que puso en duda la viabilidad de esas entidades. 
El articulado de la nueva ley deja muy en claro que el objetivo es darle otra vez pista a los estados y municipios para que se endeuden. Incluso, la exposición de motivos del dictamen lo dice expresamente, aludiendo a un análisis del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas 
Dice ese texto: (como se puede ver en la fotografía de abajo) 

 

“Se prevé la posibilidad de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueda autorizar montos adicionales al techo de endeudamiento autorizado para las entidades federativas (…) 
“(…) se anticipa que el efecto inmediato de la aprobación de la iniciativa sea el incremento de la deuda de los gobiernos locales». 
 
LO QUE SE APROBÓ 

 

Veamos algunos aspectos polémicos de la reforma aprobada:  

 

* Cambia la definición de “Techo de Financiamiento Neto”, y con eso se abre la posibilidad de pedir más dinero prestado.  
La nueva definición dice que Techo de Financiamiento “Es el límite del financiamiento anual que podrá contarán un ente público con fuente de pago de ingresos libre disposición, “considerando, en su caso, las amortizaciones realizadas de la deuda pública durante el ejercito fiscal que se trata”.
El texto entre comillas, que se refiere a las amortizaciones, es el que permitirá un mayor endeudamiento.  
 
* Se permitirá que las entidades federativas y municipios, puedan diferir los pagos de la deuda de corto y largo plazo por un periodo de hasta 12 meses.
 
* Se incorpora un capítulo específico de previsión extraordinaria, para que los gobiernos locales puedan renegociar sus endeudamientos de corto plazo si se presenta una caída del PIB superior al 5 por ciento. (algo que, lógicamente, va a suceder este año)

 

* Se incorpora la posibilidad de que los estados tengan balances negativos por emergencias sanitarias, lo cual no existe, y, con ello, los estados podrán solicitar mayor endeudamiento a sus Congresos locales, si es necesario.

 

* Se extiende a tres años la vigencia de la aprobación de una deuda que haga un Congreso. Antes era sólo un año.

 

* En el articulo 23 de la ley, se agregaron un par de párrafos que permiten reestructurar deudas sin autorización del Congreso. 

 

Dice la reforma: 
“Los Entes Públicos podrán realizar operaciones de Reestructuración sin autorización de la Legislatura Local”.
“En el caso de presentarse situaciones extraordinarias por la ocurrencia de desastres naturales (…) los Entes Públicos podrán realizar la Reestructuración de los Financiamientos sin contar con autorización de la Legislatura Local”. 

 

* También, se permitirán deudas de corto plazo a través de colocaciones bursátiles.

 

* Los créditos con la Banca de Desarrollo no deberán pasar por los procesos de licitación y demás obligaciones.  

 

* Las Reestructuraciones de deuda en las que se realicen modificaciones contractuales de forma a los Financiamientos u Obligaciones, no requerirán autorización de la Legislatura Local. 

 

* El artículo 46 dice que los “proyectos de infraestructura de alto impacto social” no estarán dentro de los techos financieros establecidos en la ley. 

 

FIN A LAS “ESTORBOSAS” LICITACIONES 

 

La reforma le da vía libre a las Asociaciones Público Privadas, un modelo que Quintana Roo ha adoptado en este sexenio, y que fracasó en todo el mundo porque genera sobre costos en las obras. 
La reforma cambia el formato de requisitos para una APP: antes se obligaba a todo un procedimiento de licitación, regido por el artículo 26, y ahora requieren sólo las condiciones que impone el artículo 29, mucho más laxas. 
Y además se le agrega un segundo párrafo al artículo 27, que permite hacer esas obras sin licitación. 
Dice así: 

 

“Los Entes Públicos podrán contratar las Obligaciones referidas (…) a través de la invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa o procedimientos de contratación similares, en los términos establecidos en la normatividad aplicable, cuando se garantice la economía, eficacia, eficiencia ,imparcialidad y honradez, que aseguren las mejores condiciones del mercado para los Entes Públicos y cuando:
No existan opciones suficientes de desarrollo de infraestructura o equipamiento, o bien, que en el mercado sólo exista un posible oferente, o se trate de una persona que posea la titularidad exclusiva de patentes, derechos de autor, u otros derechos exclusivos, o
Il. Su contratación mediante licitación pública ponga en riesgo la seguridad nacional o la seguridad pública o la defensa nacional”.
 
Lo que se dice, carta blanca para que el Gobierno estatal haga lo que quiera.  
Y por si fuera poco, se le dan las mismas condiciones a los “proyectos de infraestructura de alto impacto social”, que no se consideran dentro del “Techo del Financiamiento”.
Dice el artículo 46: 
“Tratándose de proyectos de infraestructura que sean evaluados por la Secretaría, en los que se genere un alto impacto social, así como fuente de ingresos propios y ahorros presupuestales en beneficio de las finanzas públicas del Ente Público, se podrá otorgar un espacio adicional a su Techo de Financiamiento Neto”.  

 

CRÍTICAS DEL PT 

 

El grupo parlamentario del PT votó en contra de esta reforma, y marcó claramente cuáles son los riesgos.
El coordinador de esa bancada en San Lázaro, Reginaldo Sandoval, puso de ejemplo a Quintana Roo, y dijo: 

 

“Hay dos entidades federativas están en semáforo rojo, es decir, con un endeudamiento elevado. Estas dos entidades son Coahuila y Quintana Roo. Para el caso de Quintana Roo, su deuda es de 1.4 veces los ingresos de libre disposición y solo el costo financiero de esta representa el 17 por ciento de estos recursos.
¿Se imaginan la discrecionalidad con la que se va a poder actuar desde los gobiernos locales por no estar obligados de recurrir a sus Congresos locales para realizar cualquier tipo de restructuración de estas millonarias deudas?
“Dejan a los Congresos locales sin los instrumentos que les garanticen el poder actuar y vigilar. Pero, eso no es todo, van más allá y prevén que la contratación de financiamiento pueda hacerse a través de adjudicaciones directas o procedimientos similares, algo que ni el régimen pasado se atrevió a plasmar en la norma”.

 

El tema deberá pasar por el Senado, pero parece que las cartas ya están echadas: se iniciará un nuevo impredecible proceso de endeudamiento, y Quintana Roo será uno de los estados más complicados en ese proceso.