Impugnan a Anahí por no renunciar a tiempo a dirigencia de MORENA

Impugnan a Anahí por no renunciar a tiempo a dirigencia de MORENA

Las impugnaciones están en la Sala Xalapa del TEPJF. 

El Estatuto de MORENA dice que dirigentes deben separarse del cargo que tengan en el partido con la antelación que señale la ley, que es 90 días antes de la elección. 

También aseguran que nunca se registró para ser candidata del distrito 2, con cabecera en Chetumal, porque ella es de Cancún. 

 

(La Opinión) 

 

La candidata al distrito electoral federal 2 por la coalición Juntos Hacemos Historia por Quintana Roo, Anahí González, tiene al menos dos impugnaciones por no haber renunciado a tiempo a la dirigencia estatal de MORENA. 
Las impugnaciones fueron presentadas ante el Tribunal Electoral del estado, pero al tratarse de un asunto de orden federal, fueron reenviadas a la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 
De todos modos, es también posible que directamente a esa instancia jurisdiccional federal hayan llegado otras impugnaciones. Hay 4 días naturales para presentar impugnaciones desde el momento en que se aprobó la candidatura, que fue el 4 de abril. 
Los principales puntos para impugnar a Anahí son tres: 

 

por un lado, el hecho de que no existe constancia que se haya registrado como aspirante a la candidatura del distrito 2, con cabecera en Chetumal, ya que ella es residente en Cancún; 
el segundo punto es que aún en el caso de que se haya registrado, no hay constancia de que se haya realizado una encuesta y que ella la hubiera ganado,
(en este punto, ya la instancia interna de MORENA desechó quejas similares en el caso de presidencias municipales, porque las encuestas no son obligatorias) 
y el tercer punto tiene que ver con que no habría renunciado a tiempo a la dirigencia de MORENA. 
 
El Estatuto de MORENA dice, en su artículo 12:  

 

Artículo 12°. Quien aspire a competir por un cargo de elección municipal, estatal o federal deberá separarse con la anticipación que señale la ley del cargo de dirección ejecutiva que ostente en MORENA.

 

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dice que se deben separar del cargo 90 días antes de la elección, pero hace referencia a servidores públicos. 
Si ese fuese el caso para la dirigencia de MORENA, Anahí debería haber renunciado a la dirigencia el 8 de marzo. 
Pero el 21 de marzo Anahí dio a conocer un mensaje en su cuenta de Facebook como dirigente de MORENA, cuando el grupo del marybelismo llamó a una manifestación en contra de la alianza con el Verde Ecologista. 
Este domingo, llamó la atención que en su primer mensaje como candidata del distrito 2, Anahí González dijo que “hasta hace unos meses” fue dirigente de MORENA.