Sergio Avilés presentó un proyecto que proponía que los sentenciados por violencia política contra la mujer en razón de género no pierdan de manera inmediata su “modo honesto de vivir”, que es un requisito de elegibilidad.
Pero los magistrados Claudia Carrillo Gasca y Víctor Vivas Vivas le votaron en contra.
Claudia Carrillo recordó que justamente la semana pasada la Sala Xalapa del TEPJF confirmó que cuando un candidato ejerce VPMG y es incluido en el Registro estatal, pierde su modo honesto de vivir.
Y con ello, se convierte en inelegible, que es lo que sucedió con Luis Gamero en OPB.
El objetivo del proyecto del magistrado Sergio Avilés era ordenar al Ieqroo devolverle la candidatura a Gamero y también “salvar” la de Isaac Janix, que será hoy mismo sentenciado por VPMG.
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(La Opinión)
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El magistrado del Tribunal Electoral del estado (Teqroo) Sergio Avilés Demeneghi presentó un proyecto que buscaba declarar inconstitucional que los sentenciados por violencia política contra la mujer en razón de género (VPMG) pierdan su “modo honesto de vivir” cuando son incluidos en el Registro Estatal de Personas Sancionadas.
De lo que se trata en el fondo es saber si al haber sido sentenciada por VPMG, una persona se convierte en inelegible para una candidatura.
Hasta ahora, la ley dice que uno de los requisitos de elegibilidad de los miembros de ayuntamiento (Art 17, fracción V de la LIPE) es que no esté sancionado por VPMG. Al estar en ese supuesto, pierde su “modo honesto de vivir”, y se convierte en inelegible.
Sin embargo, el proyecto de Sergio Avilés (sobre un juicio presentado por Luis Gamero) proponía inaplicar esa fracción del articulo 17, y ordenarle al Ieqroo que le devuelva la candidatura a la presidencia municipal de Othón P. Blanco de Juntos Haremos Historia al propio Gamero.
Como se sabe, Gamero perdió esa candidatura luego de que la Saga Xalapa del TEPJF lo sentenció por VPMG contra Yensunni Martínez. La Sala Superior del TEPJF confirmó esa sentencia.
Por eso, al emitir su voto en contra de este proyecto, la magistrada Claudia Carrillo Gasca dijo que este juicio debió ser sobreseído, porque se había quedado sin materia.
Además, la magistrada defendió que los sentenciados por VPMG incluidos en el Registro estatal, pierdan su modo honesto de vivir, y sean declarados inelegibles.
Dijo en su intervención:
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“La elaboración de una lista de infractores se debe entender como una medida apropiada para eliminar la discriminación y la violencia contra la mujer en la vida política y pública del país, pues es una herramienta de verificación para que las autoridades tengan conocimiento de las personas que han incurrido en violencia política en razón de género”.
“Por ende queda claro que esta firme la inscripción de Luis Gamero Barranco, en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Nacional Electoral y que por tanto no cumple con el requisito de modo honesto de vivir señalado en el numeral 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
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