El Tribunal Electoral da por válida la decisión del Ieqroo de no aprobar esa candidatura.
Para ambos, el ex priista no cuenta con la residencia legal de 5 años en Benito Juárez que obliga la ley
(La Opinión)
El Tribunal Electoral de Quintana (Teqroo) confirmó el acuerdo del Instituto Electoral del estado, mediante el cual el Consejo General de ese organismo determinó que Jose Luis Toledo Medina, Chanito, no puede ser candidato de la coalición Por Quintana Roo al Frente (PAN-PRD-MC) en Benito Juárez, porque no cumple con la residencia legal.
En una sesión de carácter urgente que se realizó este lunes a las 13:00 horas, los magistrados de Teqroo unificaron los tres asuntos relacionados con el caso de Chanito Toledo Medina.
Se trataba del JDC 047/2018 de Emiliano Ramos contra la Comisión Jurisdiccional de PRD por aprobar la candidatura de Chanito; el JDC 049/2018 del propio Toledo Medina contra el Ieqroo, así como el RAP 026/2018 de los partidos de la coalición Por Quintana Roo al Frente, también contra el Ieqroo.
Los magistrados desecharon el juicio de Emiliano Ramos, y con respecto a los otros dos, confirmaron el acuerdo 093/2018 de Instituto Electoral, del pasado 20 de abril, mediante el cual el Consejo General de ese organismo no aprobó la candidatura de Chanito.
En ese acuerdo, y basado en documentación que presentó el diputado perredista Emiliano Ramos, el Consejo General del Ieqroo consideró que Toledo Medina no cumple con los cinco años de residencia en el municipio que obliga la ley, por lo cual no puede ser candidato a alcalde.
Para probarlo, Emiliano Ramos presentó una carta de residencia de Chanito Toledo del municipio de Solidaridad, expedida tres años atrás.
Días más tarde, el propio ayuntamiento de Benito Juárez expidió una Carta de Residencia a Jose Luis Toledo Medina, en la cual confirma que el ex priista tiene sólo dos años de residencia en Cancún.
Respuesta de Chanito:









