La Semarnat expresó puntos de vista muy duros en contra de ese instrumento, que quiere aprobarse por presión del Gobierno estatal.
Quiere elevar las zonas de “aprovechamiento” a casi la totalidad del municipio, lo que le permitiría construir en áreas ambientalmente frágiles.
Además, se quieren hacer pasar poblaciones rurales por urbanas, para darles mayor densidad.
Y tiene serios vicios legales, que lo harán muy frágil jurídicamente.
El PMOTEDUS de Tulum, muy similar, ya tiene una controversia constitucional y una suspensión definitiva en su contra.
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(La Opinión)
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El Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano Sustentable (PMOTEDUS) de Bacalar podría propiciar el próximo desastre ambiental y urbano en el estado, si no cumple con las leyes de protección al ambiente, como sucede hasta ahora.
Como lo ha mencionado en varias ocasiones La Opinión, los PMOTEDUS están impulsados desde el Gobierno del estado, con el objetivo de cambiar el formato del desarrollo de Quintana Roo hacia un modelo de crecimiento inmobiliario y con menos respeto por el medio ambiente.
Hasta ahora , el único aprobado por Cabildo es el de Tulum, pero tiene una suspensión definitiva en su contra y una controversia constitucional presentada por Semarnat.
Están en marcha, como ya se ha dicho aquí, los de Cozumel, Felipe Carrillo Puerto, Othón P. Blanco y Bacalar, pero todos tienen el mismo problema.
En el caso de Bacalar, el Estado pidió al estado a Semarnat una opinión técnica sobre el Programa, y la dependencia federal le dijo que ese Programa tiene serios problemas legales, y que privilegia al aprovechamiento al cuidado del medio ambiente.
En un documento emitido el pasado 29 de julio por la Subsecretaria de Planeación y Política Ambiental de la Semarnat, al cual ya hizo referencia La Opinión en notas anteriores, la dependencia federal explicó los dos aspectos.
En el aspecto jurídico, dijo:
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“Este PMOTEDUS fue realizado ignorando la participación federal, omitiéndose el artículo 20 bis 5 de la LGEEPA” (Ley Genera del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente).
“Se ignoran los artículos referentes al ordenamiento ecológico y las áreas naturales protegidas de la LGEEPA”.
“Se hace referencia a programas de sexenio pasado sin realizar un análisis al respecto”.
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El análisis de Semarnat dice que simplemente se alude a la LGEEPA pero no se la toma en cuenta.
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“Y omite considerar el Programa de Ordenamiento Ecológico General del Territorio y Programa de Ordenamiento Ecológico Marino del Golfo de México y Mar Caribe, que están vigentes”.
“Se omiten la Ley General de Vida Silvestre, la Ley General de Aguas Nacionales y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable”.
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Como se ve, en el aspecto jurídico, el PMOTEDUS está mal realizado.
Pero en el aspecto ambiental no está mucho mejor.
Esto dice Semarnat en su documento de opinión técnica:
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“Se refleja la intención de las autoridades municipales de querer aprovechar casi la totalidad del municipio para realizar un “desarrollo” del mismo municipio”.
“El PMOTEDUS de Bacalar menciona que se tiene la expectativa de realizar un mayor desarrollo de las actividades y el aprovechamiento de los recursos naturales, pero no hay un Ordenamiento Ecológico del municipio el cual regule las zonas fuera de las áreas urbanas”.
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En ese punto, la Semarnat detecta una trampa.
Para delimitar las Unidades de Gestión Ambiental (UGT) en lo referente a las áreas urbanas, se consideraron, primero, las poblaciones mayores de 1500 habitantes, pero luego se hizo un cambio y se incorporaron aquellas con más de 200 habitantes.
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“Esto lo que refleja es la intención de anteponer el ordenamiento territorial al Ordenamiento Ecológico, porque al definir localidades con tan poca población como UGT, no podrán ser reguladas por el Ordenamiento Ecológico, aunque éstas no cumplan con los requisitos para ser consideradas como zonas urbanas”, dice Semarnat.
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