Ordenan al Ieqroo resolver procedimientos contra Lili Campos; uno es por violencia política de género

Ordenan al Ieqroo resolver procedimientos contra Lili Campos; uno es por violencia política de género

Son procedimientos sancionadores presentados por el PT. 

El partido presentó un juicio porque el Ieqroo se ha demorado en resolverlos.

Por eso, el Teqroo le ordenó al Ieqroo que emita sus resoluciones con tiempo para que el Tribunal pueda atender los asuntos antes de que asuma la nueva administración municipal. 

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(La Opinión)  

 

El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) le ordenó al Instituto Electoral (Ieqroo) que culmine cuanto antes el “trámite y substanciación” de seis Procedimientos Especiales Sancionadores (PES) presentados en contra de Lili Campos, luego de que se acusara al Instituto de haber demorando una decisión sobre esos casos. 
Si bien el Teqroo desechó que el Ieqroo estuviera demorando esos procesos, porque dijo que ha llevado adelante los trámites pertinentes, sí le ordenó al Instituto que los culmine a tiempo para que, en su caso, el Teqroo pueda tomar una determinación sobre éstos antes de que asumen las próximas administraciones municipales. 
Lo que sucede es que los PES tienen que ver con diversas denuncias contra Lili Campos por incurrir en infracciones a la normativa electoral, tal como lo es la “contratación y adquisición de cobertura para la difusión de propaganda negativa; gastos de campaña no reportados, aportación de personas morales, y violencia política contra las mujeres en razón de género”.
Se trata de asuntos importantes que incluso, de prosperar, podrían poner en juego la asunción de Lili Campos como alcaldesa. Por eso, el Teqroo quiere tener tiempo para estudiar los casos a fondo. 
Los PES contra Lili Campos fueron interpuestos por el PT ante el Ieqroo.
Luego, ese mismo partido se presentó ante el Teqroo y presentó un juicio en contra de “la dilación procesal en la tramitación y remisión” de esos procedimientos, que debe llevar a cabo la Comisión de Quejas y Denuncias y la Dirección Jurídica del Ieqroo. 
Como ya se explicó, el Teqroo dijo que “quedó acreditado que no existe una omisión respecto a la resolución de los multicitados PES”, pero aclaró:

 

“Sin embargo, esta autoridad jurisdiccional considera que la substanciación de los mismos ha sido prolongada”.

 

Por ello, sentenció: 

 

“Al resultar parcialmente fundado el agravio hecho por el partido actor, se ordena a la autoridad responsable en el presente asunto, para que continúe con el trámite y substanciación de los PES que refiere el partido actor, y de conformidad a sus atribuciones acuerde lo que en derecho corresponda, para que en el caso, de ser admitidas las diversas quejas, este Tribunal en términos de lo establecido en el artículo 430 de la Ley de Instituciones, pueda dictar la resolución respectiva en cada uno de ellos”.