¿Qué le ordenó el TEPJF a MORENA? Datos y gráficos explicativos sobre la renovación de la dirigencia

¿Qué le ordenó el TEPJF a MORENA? Datos y gráficos explicativos sobre la renovación de la dirigencia
(La Opinión) 

 

Luego de la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) que realice una encuesta abierta para renovar la presidencia y secretaría general de MORENA, surgieron dudas en cuanto a su implementación y alcance. 
Por ese emotivo, aquí se hará una lista de lo que ordenó el Tribunal, lo cual está claramente explicado en los gráficos de abajo. 
Aquí la decisión del Tribunal:  

 

El TEPJF ordenó al INE hacer una encuesta abierta para elegir presidente y secretario general del partido.
Puede participar de la encuesta cualquiera que se presente como militante o simpatizante de MORENA.
Los cargos no se elegirán en fórmula, sino de manera individual. 
Pueden ser candidatos militantes de MORENA que demuestren fehacientemente su interés de participar en la elección por encuesta. 
El INE tiene 45 días naturales para realizar la encuesta, y tiene facultades amplias para determinar cómo será el procedimiento. 
En los primeros 10 días debe presentar cronogramas y lineamientos de la encuesta. 
Los gastos del proceso se descontarán de las prerrogativas de MORENA.
El 5 de octubre es la fecha límite para que tome protesta la nueva dirigencia. 
La renovación de dirigencia se llevará a cabo aún cuando haya iniciado el proceso electoral federal. 
Al respecto, dice el resolutivo del TEPJF:

 

“La previsión normativa no puede ser entendida en el sentido de que el INE no puede llevar a cabo este tipo de actos iniciado el proceso electoral”. 
“Es válido concluir que en la especie es factible ordenar que sea esa autoridad la que lleve a cabo el proceso de elección de presidencia y secretaría general de MORENA, no obstante la proximidad del inicio del proceso electoral federal”.

 

Anticipándose a cualquier intento del CEN por restringir la posibilidad de algunos morenistas de ser candidatos, el TEPJF ordenó que no se pueden interponer trabas, como, por ejemplo, la de que para ser candidato hay que ser consejero nacional. 
Aquí abajo los gráficos del TEPJF dónde se explica su resolución, y una parte del contenido de la sentencia.