Reforma constitucional prohíbe exenciones de impuestos ¿Que pasará con los casinos en QR? (Documento)

Reforma constitucional prohíbe exenciones de impuestos ¿Que pasará con los casinos en QR? (Documento)

A fin de 2019, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión reformó el artículo 28 de la Constitución de la República. 

Allí dice expresamente que no puede haber exenciones impositivas. 

Pero en Quintana Roo se aprobaron exenciones para inversiones en casinos de más de 40 MDP en 2020.

En el Congreso local analizan el alcance de la medida, y lo que podría suceder cuando quede firme esa reforma. 

 

(La Opinión) 

 

El pasado 11 de diciembre, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión concluyó una reforma constitucional al artículo 28 de la Carta Magna, que prohíbe expresamente la exenciones impositivas. 

La reforma original se realizó el día 5 de noviembre, pero luego, el 11 de diciembre, se realizó una nueva reforma, para cambiar una puntuación que podría darle otro sentido al texto. 

El texto finalmente aprobado dice, como se ve en la fotografía de abajo: 

 

Artículo 28: En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopolicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria. 

Si bien la reforma en cuestión debe aún ser aprobada por el Senado, y por una mayoría de legislaturas locales, no parece que vaya a sufrir complicaciones, ya que en diputados no tuvo ningún voto en contra, como se ve en la fotografía. 

Una vez que entre en vigor, obligaría a los estados a armonizar sus leyes locales a esa norma constitucional, lo que chocaría con la exención impositiva que lograron los casinos de nueva instalación en el estado en 2020. 

La exención impositiva a casinos de nueva instalación en Quintana Roo aparece en un artículo transitorio de la Ley de Ingresos del estado, que dice: 

 

“Las personas físicas o morales que realicen inversiones en el Estado de Quintana Roo superiores a los 40 millones de pesos y cuyo giro sea de juegos y concursos en la modalidad de casinos que se ubiquen en zonas turísticas del Estado y que acrediten ante las autoridades estatales competentes que al menos el 50 por ciento de sus clientes sean extranjeros o no residentes en la entidad, estarán exentos durante el ejercicio fiscal del 2020 del pago del impuesto a las erogaciones en juegos y sorteos”.