Revoca TEPJF oficio sobre duración de dirigencia interina de MORENA
Además, le exigió a la CNHJ determinar si la dirigencia está incumpliendo una sentencia sobre el cambio de dirigencia.
(La Opinión) (información de La Jornada)
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó y dejo sin efectos un oficio que emitió la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de MORENA, sobre el inicio y la duración de los cargos de la dirigencia interina del partido.
Por mayoría de votos, los magistrados consideraron CNHJ no cuenta con atribuciones para emitir criterios de interpretación respecto de actos y determinaciones que no le son propios.
Resaltó que a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia le corresponde resolver las consultas que le planteen los militantes, en cuanto a la interpretación de las normas contenidas en los documentos básicos de MORENA, sin que tengan un carácter vinculante.
El 26 de junio pasado, un militante consultó vía escrita a la CNHJ sobre la duración y permanencia de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) elegidos por el Congreso Nacional MORENA, el 26 de enero pasado, y si la contingencia sanitaria por el COVID-19 podría incidir en ese periodo.
La CNHJ respondió que los miembros del CEN, encabezados por el presidente interino, Alfonso Ramírez Cuellar, deben seguir en su cargo hasta que concluya el proceso de renovación de la próxima dirigencia nacional.
Tras la respuesta del 13 de julio emitida por la Comisión, otro militante interpuso un juicio ciudadano ante la Sala Superior, por considerar que se vulneraron sus derechos político-electorales al invadir dicha instancia competencias del Congreso Nacional y del Consejo Nacional de Morena, que son quienes pueden tomar decisiones con respecto a la dirigencia.
Al resolver la impugnación, los magistrados dejaron sin efectos el oficio, porque consideraron que la CNHJ excedió sus atribuciones.
Por otra parte, también por mayoría de votos, los magistrados ordenaron a la CNHJ que inicie un procedimiento Sancionador en contra de los integrantes del CEN, para determinar si incumplieron con la sentencia que obliga al cambio de dirigencia del partido antes de 31 de agosto.