Teqroo declara improcedente juicio contra MORENA por candidatura de Laura Beristain | Deberá resolver el TEPJF

Teqroo declara improcedente juicio contra MORENA por candidatura de Laura Beristain | Deberá resolver el TEPJF

El Tribunal Electoral local consideró que el acuerdo de MORENA que le da la candidatura a la diputada Laura Beristain, “no constituye un acto definitivo”

Considera que todavía se pueden cumplir etapas de la queja ante la Comisión de Honestidad y Justicia de MORENA

Por lo tanto, dice que es improcedente el juicio presentado por la regidora Norma Ríos contra ese acuerdo de su partido

Ante la premura de los tiempos, el juicio se presentará en la Sala Regional de Xalapa del TEPJF

 

(La Opinión)

 

El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró improcedente el Juicio para la Protección de los derechos políticos que la regidora de Solidaridad, Norma Angélica Ríos, presentó en contra de la Comisión Nacional de Honor y Justicia (CNHJ) de MORENA, para que acelere el tratamiento de la queja que impugna la designación de Laura Beristain como candidata del partido en ese municipio.
De acuerdo a lo que consideró el Teqroo, el juicio presentado por la regidora es improcedente porque el procedimiento aún “admite la queja intrapartidaria”, ya que no se trata de un acto definitivo del partido.
La regidora había presentado a inicios de febrero pasado una queja ante la CNHJ por el acuerdo que le da la candidatura del partido a Laura Beristain.
La CNHJ admitió la queja, pero, de acuerdo a Norma Angélica Ríos, no emitió un resolutivo que pusiera en marcha realmente el trámite de esa queja.
Por eso, recurrió al Teqroo, mediante un juicio para la protección de los derechos políticos, para que exija a la CNHJ darle curso a la queja.
Sin embargo, los magistrados del Teqroo consideraron que la decisión tomada por la CNHJ “no constituye un acto definitivo”, que aún hay recursos intrapartidarios a los cuales puede acceder la regidora, y por lo tanto no puede emitir un sentencia sobre el caso.

 

Si bien es cierto que la parte actora aduce violaciones a sus derechos político electorales debido a lo acordado por la autoridad responsable en la admisión de la queja intrapartidaria, lo cierto es que, el acuerdo impugnado en el presente juicio no constituye un acto definitivo en términos de lo que exige la fracción V del artículo 26 de la ley Estatal de Medios, relativo al acto o resolución que se impugne”, dice el resolutivo.
“En virtud de lo expuesto, resulta necesario declarar la improcedencia del presente juicio ciudadano, dado que lo motivos de disenso no pueden ser estudiado en el presente juicio por tratarse de actos derivados de un acuerdo que admite la queja intrapartidaria, sin que constituya una resolución definitiva, que amerite el ejercicio del presente medio impugnativo”.

 

En los hechos, lo que el Teqroo hace es darle a la CNHJ de MORENA más tiempo para estirar la definición sobre esa candidatura
Ante esa resolución, la regidora presentará una impugnación ante la Sala Regional de Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, porque considera que debido a las fechas del proceso electoral, no se puede seguir demorando esa resolución.