Vota Congreso Ley de Movilidad; aprueban plataformas tecnológicas tipo Uber

Vota Congreso Ley de Movilidad; aprueban plataformas tecnológicas tipo Uber

Funcionarán con permisos que otorgará el gobernador a instancias de un Instituto de Movilidad.

El permiso durará 10 años.

Ahora, a esperar la reacción de Uber y los taxistas.

Queda sin fundamento la realización de la consulta pública en Cancún

Por otra parte, la ley recorta la discrecionalidad del gobernador del estado para entregar concesiones

 

(La Opinión) 

 

El Congreso de Quintana Roo aprobó por unanimidad la Ley de Movilidad del estado. 
El proyecto, que due aprobado por 20 votos a favor y ninguno en contra, tiene entre sus puntos centrales la creación de un Instituto de Movilidad, y el reconocimiento de Servicio de Transporte contratado a través de Plataformas Digitales, tipo Uber. 
En este caso, se determina que esas plataformas no necesitan una concesión sino una autorización del mencionado Instituto para poder funcionar en el estado, y esa autorización tendrá una duración de 10 años, con un refrendo anual. 
La ley recientemente aprobada define que esas plataformas no recibirán pagos en efectivo, y los automóviles solo podrán ser manejados por el dueño y un chofer.  
Además, los vehículos no podrán tener más de cuatro años de antigüedad.
Habrá que ver ahora cuál es la postura que tiene Uber sobre la Ley, porque la multinacional había sido crítica justamente con esos puntos que se aprobaron.
La aprobación de la Ley de Movilidad hace innecesaria la consulta pública que iba a realizarse en Cancún para Que los ciudadanos decidieran sobre el ingreso de esta situación plataformas tecnológicas de transporte.

 

EL INSTITUTO

 

 La nueva Ley también decide la creación de un Instituto de Movilidad, que atraerá las funciones de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (Sintra). 
Este nuevo organismo, además, deberá realizar los estudios de factibilidad para determinar las necesidades de transporte de cada municipio y el número de concesiones a ser entregadas.
También deberá evitar la creación de monopolios en el transporte.
“Si bien permitirá la operación de plataformas digitales en la prestación de servicio de transporte, evitará los monopolios… Porque una concesión solamente será operada por el dueño, no puede otorgársele a un tercero”, destacó Eduardo Martínez Arcila, presidente de la Gran Comisión de la XV Legislatura.

 

CONCESIONES

 

En el caso de las concesiones, se mantiene como potestad del gobernador, pero con condicionamientos que pondrá el Instituto. Dice la ley:
“El otorgamiento de concesiones para la prestación del servicio público de transporte será facultad del Gobernador del Estado, y para dicho otorgamiento el proyecto de Ley establece una serie de requisitos que deberán acreditar tanto las personas físicas como las personas morales que soliciten la concesión, así como a la formulación de una Declaratoria de Necesidad que deberá contener:
Datos estadísticos obtenidos por el Instituto en relación a la oferta y demanda del servicio, a efecto de robustecer la necesidad de incrementar el número de concesionarios;
Exposición de las circunstancias que sustenten el incremento de concesiones, así como los resultados de los estudios técnicos que justifiquen su otorgamiento;