Poder Judicial podrá invertir sus recursos en la Bolsa y otros instrumentos financieros; lo aprobó el Congreso

Poder Judicial podrá invertir sus recursos en la Bolsa y otros instrumentos financieros; lo aprobó el Congreso

Como lo informó La Opinión semanas atrás, también podrá hacer “otro tipo de inversiones”, y el control de esa operación lo tendrá el titular del TSJ, Heyden Cebada. 

Las inversiones sólo pueden ser de renta fija, no variable. 

Lo aprobó el Congreso del estado este jueves, mediante reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley del Fondo para el Mejoramiento de la Administración de Justicia.

Se busca generar rendimientos con los fondos que maneja el Poder Judicial, porque dicen que están congelados.

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(La Opinión) 

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El Congreso del estado aprobó este jueves reformas a diversas leyes que permitirán que el Poder Judicial del estado, por conducto de su presidente, Heyden Cebada Rivas, pueda invertir sus recursos en “títulos, valores u otro tipo de inversiones”de renta fija, para mejorar sus ingresos.
Como lo dio a conocer La Opinión semanas atrás, el Congreso aprobó finalmente una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley del Fondo para el Mejoramiento de la Administración de Justicia.
La iniciativa aprobada, presentada por el coordinador del Grupo Parlamentario de MORENA, Humberto Aldana, dice que se podrán hacer esas inversiones tanto con sus recursos propios como con los fondos ajenos de los que disponga el Poder Judicial. 
Ambos recursos conforman el Fondo para el Mejoramiento de la Administración de Justicia.
Uno de los puntos centrales de la reforma es al artículo 134 de la mencionada Ley Orgánica, que en la iniciativa dice: 

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“Los recursos del Fondo se podrán invertir en títulos, valores u otro tipo de inversiones siempre y cuando sean de renta fija y/o plazo fijo”.

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Además, establece de manera específica que los fondos no podrán utilizarse para operaciones especulativas o de alto riesgo en la Bolsa de Valores.

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“Queda prohibido invertir los recursos del Fondo en títulos de renta variable”, dice la ley. 

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Por otra parte, permite celebrar contratos de fideicomiso a cuyo patrimonio se aporten los recursos que integran el Fondo, pero aclara que en el caso de inversiones de más de un año de plazo, se requerirá la autorización del pleno del Consejo de la Judicatura.  
En el aspecto del manejo de los recursos también hubo cambios significativos.
Antes, el Fondo de Mejoramiento lo manejaba un Consejo Técnico, integrado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y un magistrado de cada Sala. 
Ahora, lo manejará Consejo de la Judicatura, “a través de su presidente, con el apoyo de la Oficina del Fondo”.  
Y establece que “el Presidente será el titular de los títulos, instrumentos o documentos que expidan las instituciones financieras”.
El presidente del Consejo es el titular del Tribunal Superior de Justicia, Heyden Cebada.
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RECURSOS PROPIOS, AJENOS Y DESTINO 
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En la iniciativa se hace una división clara entre recursos propios y ajenos. 
Los recursos propios son multas, fianzas, cauciones, montos para la reparación del daño, donaciones, aportaciones e intereses. 
Y los fondos ajenos son todos los depósitos en efectivo que por otras causas se efectúen ante los Juzgados.
Se deberán manejar en cuentas separadas, pero los rendimientos de ambos serán para el Poder Judicial.  
Por otra parte, se agregan un par de párrafos para poder destinar recursos a otras áreas. 
Hasta ahora, los recursos del Fondo van para gastos generales, adquisiciones de bienes materiales, capacitación y para congresos y seminarios. 
Ahora se le agregará la adquisición de bienes inmuebles, y la adquisición de bienes muebles e inmuebles no considerados en el presupuesto de egresos.  
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