Por mayoría, el Teqroo amonesta a candidato del Verde, pone en suspenso una queja contra Mara y libera a Marybel
Los magistrados Sergio Avilés y Maogany Acopa amonestaron a Renan Sánchez y devolvieron al Ieqroo una queja contra la gobernadora.
La magistrada Claudia Carrillo votó en contra de ambos proyectos.
(La Opinión)
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El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), por mayoría de votos, determinó este viernes imponer una amonestación pública a Renán Eduardo Sánchez Tajonar y a los partidos integrantes de la Coalición “Sigamos Haciendo Historia por Quintana Roo’’, por culpa in vigilando, por el uso indebido de imágenes de personas menores de edad en propaganda política.
Esta sanción ocurrió al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/049/2024, que presentó el Partido Revolucionario Institucional para denunciar a Sánchez Tajonar, candidato propietario a la diputación local por el distrito 11, a José Luis Chacón Méndez, candidato a Presidente Municipal de Cozumel, ambos postulados por la coalición ‘‘Sigamos Haciendo Historia por Quintana Roo’’, conformada por los partidos del Trabajo, Morena y Verde Ecologista de México, por la presunta vulneración al interés superior de la niñez, al usar la imagen de personas menores de edad.
Fueron declaradas existentes las conductas denunciadas en contra de Sánchez Tajonar, porque en el contenido de las publicaciones realizadas a través de la red social Facebook y la verificación de las mismas, se pudo visualizar la aparición de personas menores de edad, de manera incidental, sin contar con la documentación prevista por los Lineamientos del INE.
En consecuencia, resulta imputable dicha infracción a los partidos políticos que integran la coalición, por la falta al deber de cuidado, debido a la conducta desplegada por su candidato.
En este asunto, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto particular razonado en contra.
Por otra parte, por unanimidad de votos, declaró inexistentes las conductas denunciadas en contra de Marybel Villegas, en su calidad de otrora aspirante en el proceso interno de selección del partido Morena al cargo de Coordinadora de Defensa de la Transformación del Municipio de Benito Juárez.
El procedimiento fue interpuesto por Román Alfredo Olán López por la presunta comisión de actos infractores consistentes en la violación al párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Federal por promoción personalizada; violación a las normas de propaganda electoral, por contratación de propaganda personalizada disfrazada de notas periodísticas; y vulneración al principio de equidad por actos anticipados de campaña en las redes sociales de Facebook y Twitter.
Al respecto, en el caudal probatorio ofrecido y recabado por la autoridad instructora, no se acreditó que existan elementos materiales o jurídicos que permitan a este Tribunal, determinar las infracciones denunciadas; aunado a que las publicaciones realizadas se encuentran amparadas ante la libertad de expresión.
Asimismo, en la sesión pública se ordenó por mayoría de votos el reenvió del expediente del PES/052/2024, dado que faltaron diligencias por realizarse, a fin de garantizar la debida integración del expediente, como imperativo para la impartición de justicia completa.
Este asunto, lo presentó el Partido de la Revolución Democrática en contra de Mara Lezama, Gobernadora Constitucional del Estado de Quintana Roo y el medio de comunicación “Cancún Activo”, por la supuesta realización de conductas violatorias a la normatividad electoral.
En este asunto, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto particular razonado en contra.