La alcaldesa de OPB dijo que esa sentencia del Teqroo la revictimiza.
Por eso pide que se sancione a los magistrados Sergio Avilés y Maogany Acopa, que fueron quienes votaron a favor de Gamero.
Yensunni utilizó argumentos de la magistrada Claudia Carrillo, que votó en contra de esa sentencia, en el sentido de que sus colegas se extralimitaron en su sentencia, porque lo que había dictaminado la Sala Xalapa en contra de Gamero ya es cosa juzgada.
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(La Opinión)
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La alcaldesa de Othón P. Blanco, Yensunni Martínez, presentó un juicio para la protección de los derechos político electorales en contra de la resolución del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) que consideró que Luis Gamero Barranco no está inhabilitado para ser candidato en 2024.
En su juicio, la alcaldesa considera que esa decisión del Teqroo es una forma de revictimización en su contra.
Eso es porque Yensunni fue la víctima de violencia política de género por la cual fue sancionado Gamero.
La sentencia original contra Gamero la emitió la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que será la que ahora resuelva esta impugnación.
Pero lo mas novedoso del juicio es que la alcaldesa pide al Senado que sancione a los magistrados del Teqroo que votaron a favor de Gamero.
Se trata de los magistrados Sergio Avilés Demeneghi (fue quien realizó el proyecto) y Maogany Acopa. La magistrada Claudia Carrillo Gasca votó en contra.
En su impugnación, Yensunni utilizó justamente argumentos de la magistrada Claudia Carrillo, en el sentido de que sus colegas se extralimitaron en su sentencia, porque lo que había dictaminado la Sala Xalapa en contra de Gamero ya es cosa juzgada, y la misma Sala lo había ratificado en un juicio posterior.
Con ese argumento, Yensunni solicitó:
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“Pido atentamente a esa Sala Regional que dada la gravedad del proceder del magistrado y la magistrada en funciones que la aprobaron, se dé vista al Senado de la República o a la autoridad que corresponda, para que les aplique la sanción que corresponda por el desacato a las sentencias dictadas por los órganos de ese Tribunal federal, sin perjuicio de que se les conmine a que, en lo sucesivo, se abstengan de conocer de asuntos que constituyen evidentemente cosa juzgada y respecto de los cuales, además, carecen de competencia”.
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En el juicio, la alcaldesa explica:
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“Es evidente que el Tribunal Electoral de Quintana Roo invadió la esfera de competencia de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, autoridad que al haber emitido la sentencia del juicio SX- JDC-95412021, es la única competente para determinar si su sentencia ha quedado debidamente cumplida o si algún acto posterior se contrapone al cumplimiento de la propia sentencia”.
“Sin embargo, lo más grave de la actuación irregular del Tribunal Electoral de Quintana Roo, es que también violó el principio de cosa juzgada, pues la Sala Regional Xalapa ya se pronunció respecto del mismo tema y del mismo actor en el diverso expediente SX-JDC-668812022, cuando determinó con toda puntualidad que por virtud de la sentencia dictada en el expediente SX-JDC-954/2021, Luis Gamero Barranco, «durante el periodo de cinco años y cuatro meses de permanencia en el registro, el cual aún no fenece, se ubica en la hipótesis prevista en el artículo 17, fracción V, de encontrarse sancionado por sentencia firme al haber cometido violencia política contra las mujeres por razón de género”.
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Vale recordar que en su sentencia, el Teqroo considera que a pesar que Gamero aun está inscrito en el Registro de personas sancionadas por violencia política de género hasta el 20 de septiembre de 2026, su sanción quedó cumplida cuando se le retiró la candidatura a presidente municipal de OPB en 2021, y por lo tanto en este momento tiene sus derechos políticos a salvo.
Hay dos impugnaciones contra esa sentencia; la de Yensunni Martínez y la del PRI.
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