Con el voto negativo de la presidenta del organismo, Rubí Pacheco, y una consejera, una mayoría decidió darle más tiempo a los partidos para que cumplan con esas candidaturas.
Pero la ley y los lineamientos dicen claramente que se debería haber negado el registro de esas candidaturas.
Sin embargo, una mayoría de consejeros decidió sólo amonestar a los partidos, darles 12 horas más de plazo, e iniciar un procedimiento ordinario sancionador (POS) que no tendrá efectos prácticos.
“El POS no subsana en nada el agravio hacia los grupos vulnerables”, dijo al respecto Rubí Pacheco.
Impresentable postura de MORENA, que asegura que cumplió con todas las acciones afirmativas, aunque lo hizo sólo por un favor del Teqroo.
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(La Opinión)
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Otra vez un organismo electoral de Quintana Roo decide violar la ley y los lineamientos.
Ahora le tocó el turno al Instituto Electoral (Ieqroo) que decidió violar el artículo 277 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales (ver fotografía abajo) y sus propios lineamientos sobre candidaturas para este proceso electoral.
La situación tuvo que ver con un acuerdo del Consejo General del Instituto tomado la madrugada de este miércoles, que por mayoría decidió “perdonar” la decisión del PRD y MC de no postular acciones afirmativas en diversas candidaturas.
En los hechos, lo que el Ieqroo decidió es que se amoneste públicamente a ambos partidos, y otorgarles un nuevo plazo de 12 horas para que den cumplimiento con acciones afirmativas.
Y se decidió también dar iniciar un procedimiento ordinario sancionador (POS) que no tendrá efectos prácticos más allá de otra amonestación.
Pero eso no es lo que dice la ley. Ambos partidos tuvieron dos plazos para cumplir con esa candidaturas luego de un primer incumplimiento cuando las registraron originalmente; uno de 48 horas y otro de 24 horas, y tanto la ley como los lineamientos dicen que si esos plazos no se cumplen, se deben negar los registros.
El último párrafo del citado artículo 277 dice:
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“En caso de no atender los requerimientos, se sancionará con la negativa del registro de la totalidad de las candidaturas correspondientes”.
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Esa es la postura que sostuvo la presidenta del Ieqroo, Rubí Pacheco, así como la consejera Elizabeth Arredondo Gorocica. Ambas votaron encontró del Acuerdo.
A su turno de hablar, Rubí Pacheco dijo que este caso es aplicable el párrafo último del artículo 277 de la LIPE, y dijo que el enfoque de la maximización de derechos que se quiere dar a favor de los partidos, no ayuda a la causa de los grupos vulnerables.
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“El POS no subsana en nada el agravio hacia los grupos vulnerables”, dijo la presidenta del Ieqroo.
“Se hicieron dos prevenciones a los partidos políticos; el incumplimiento es obvio y deliberado”, agregó.
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Los consejeros que votaron a favor de éste nuevo atropello a las leyes fueron Adrián Almilcar Sauri Manzanilla, Juan César Hernández Cruz, Claudia Ávila Graham, Maisie Lorena Contreras Briceño y María Salomé Medina Montaño.
Hay que recordar que la semana pasada fue el Tribunal Electoral del estado el que violó las leyes, y decidió favorecer a MORENA (y, por extensión, a todos los partidos) para que en las candidaturas de acciones afirmativas para personas con discapacidad no estén obligados a presentar la documentación probatoria que los propios lineamientos establecen.
Un dato curioso es que luego de eso, en la sesión de este miércoles en el Ieqroo, la representación de MORENA pidió que sí se aplique la ley a MC y PRD, como no se aplicó con MORENA.
Otro disparate de la política local.
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LO NO CUMPLIERON LOS PARTIDOS
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En el caso del partido del PRD, se requiere la postulación adicional de dos fórmulas de personas con discapacidad, ya sean mujeres u hombres en dos diferentes municipios del siguiente grupo: Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Lázaro Cárdenas, Tulum, Bacalar, Isla Mujeres o Puerto Morelos. Así como, la postulación adicional de una fórmula de personas del grupo LGBTTTIQ+, ya sea mujeres u hombres en dos diferentes municipios del siguiente grupo: Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Lázaro Cárdenas, Tulum, Bacalar, Isla Mujeres o Puerto Morelos.
En el caso del partido Movimiento Ciudadano se le requiere la postulación adicional de una fórmula de personas con discapacidad, ya sean mujeres u hombres en dos diferentes municipios del siguiente grupo: Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Lázaro Cárdenas, Tulum, Bacalar, Isla Mujeres o Puerto Morelos, así como, la postulación adicional de dos fórmulas de personas jóvenes, de manera paritaria en dos diferentes municipios del siguiente grupo: Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Lázaro Cárdenas, Tulum, Bacalar, Isla Mujeres o Puerto Morelos.
Pero, como lo estableció el Ieqroo, si no cumplen con esas postulaciones, sólo serán amonestados.
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