Hay que recordar que una anterior reforma al artículo 182 del mencionado Código Penal había generado una polémica porque por su redacción criminalizaba la protesta social.
Por ese motivo, la gobernadora Mara Lezama decidió que se haga una contrarreforma para garantizar la libre manifestación.
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(La Opinión)
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El Congreso estatal aprobó reformas al Código Penal del Estado que buscan garantizar en todo momento el derecho a la movilidad y a la libre manifestación del pueblo organizado, que con su voz buscan la protección y garantía de derechos.
Con la reforma, el Código Penal queda en sintonía con el marco constitucional y convencional en materia de derechos humanos relacionado con la libre expresión y manifestaciones del pueblo quintanarroense.
La acción legislativa también establece una nueva agravante para quien cometa el delito de homicidio o lesiones dolosas estando en ejercicio de sus labores relacionadas con la prestación del servicio público o privado, en contra de personas mayores de 60 años, aumentando la pena en dos terceras partes.
Hay que recordar que una anterior reforma al artículo 182 del mencionado Código Penal había generado una polémica porque por su redacción criminalizaba la protesta social.
Por ese motivo, la gobernadora Mara Lezama decidió que se haga una contrarreforma para garantizar la libre manifestación.
Ahora, el artículo 182 quedó de la siguiente manera.
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“Al que de cualquier modo dañe o destruya alguna vía o medio de comunicación o de transporte destinado a la prestación de los servicios público o privado de transporte en cualquiera de las modalidades contempladas en la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo que no sean de jurisdicción federal, o dañe o destruya las señales correspondientes, interrumpiendo o dificultando los servicios de emergencia, se le aplicará prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a doscientos días multa.
Las mismas penas se impondrán al que retenga cualquier vehículo destinado al servicio público o privado de transporte en cualquiera de las modalidades contempladas en la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo”.
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