El TEQROO revoca medidas cautelares contra Marybel Villegas, que le ordenaban no publicitar un programa de ayuda social
Los magistrados revocaron un Acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEQROO, que había emitido esas medidas contra la senadora.
Era por la publicidad en redes y espectaculares del programa “Abre los ojos con Marybel”.
El Teqroo le ordenó al Instituto hacer un nuevo Acuerdo, pero mientras tanto se revocan las medidas contra Marybel.
La magistrada Claudia Carrillo Gasca no participó de la Sesión.
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(La Opinión) (información del Teqroo)
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Chetumal, Quintana Roo a 12 de octubre de 2023.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), en sesión pública, aprobó por unanimidad revocar el acuerdo 007/2023, emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias (CQyD) del Instituto Electoral de Quintana Roo, que había dictado medidas cautelares contra Marybel Villegas, por la publicidad en redes y espectaculares del programa “Abre los ojos con Marybel”.
El Teqroo resolvió así el Recurso de Apelación RAP/008/2023, promovido por Marybel en contra del acuerdo del Ieqroo.
En su impugnación, la senadora de MORENA hizo valer en un único agravio, diversos conceptos de impugnación relativos a la vulneración de la debida fundamentación y motivación, pues desde su perspectiva existe un incorrecto análisis de la valoración de las probanzas que motivaron la decisión de otorgar parcialmente las medidas solicitadas, así como un incorrecto análisis de los elementos de la promoción personalizada y una insuficiencia de las justificaciones que realiza para otorgar las medidas cautelares.
En este asunto, el Pleno determinó revocar el acuerdo impugnado, para que la autoridad responsable emita uno nuevo en el que se pronuncie de manera congruente, exhaustiva, fundada y motivada, a partir del análisis de los elementos objetivo y temporal que realice de manera preliminar de la promoción personalizada de la imagen.
En el caso del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/021/2023 y sus acumulados, fue presentado por Diana Lilian López Carrera y otros, quienes se autoadscriben como integrantes de la diversidad sexual, por la presunta omisión del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Congreso del Estado de Quintana Roo, de implementar acciones afirmativas encaminadas a garantizar sus derechos políticos electorales de ser votados, así como de integrar órganos colegiados electorales.
Al respecto, una vez precisadas las posturas tanto del IEQROO como del Congreso del Estado, el Pleno del TEQROO por unanimidad de votos determinó como infundados los conceptos de agravio hechos valer, ya que, del análisis del contexto del caso, el marco legal y convencional, así como los precedentes emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se estima que el IEQROO sí ha realizado acciones encaminadas a garantizar los derechos político-electorales.
Asimismo, el Poder Legislativo ha realizado medidas para que la Constitución contenga cláusulas antidiscriminatorias, además, de existir pruebas en el expediente de que se encuentran trabajando a fin de implementar acciones para fortalecer la representación de los diversos grupos de vulnerabilidad, en donde entre otros grupos contempla a miembros de la diversidad sexual, resultando con ello, infundado el agravio presentado.